Por mandato constitucional y legal, corresponde al Presidente de la República ejercer por
conducto de la Superintendencia de la Economía Solidaria, las funciones de inspección,
vigilancia y control de las cooperativas y de las organizaciones de la Economía Solidaria, que
no se encuentren bajo la supervisión especializada del Estado.
https://audifin.co/wp-content/uploads/2024/08/20240726_circular_68.pdf