
El Ministerio de Hacienda propone modificar el Decreto 2442 del 2018, para incluir los plazos de los nuevos impuestos establecidos en la Ley 1943 del 2018 (reciente reforma tributaria o Ley de Financiamiento), tales como impuesto al patrimonio, complementario de normalización tributaria y retención en la fuente del impuesto nacional al consumo de bienes inmuebles. (Lea: Listo el calendario tributario para el 2019)
Por ejemplo, el impuesto al patrimonio se pagaría en dos cuotas iguales atendiendo el último dígito del NIT del declarante, así:
PRIMERA CUOTA | SEGUNDA CUOTA | |
Si el último digito es | Hasta el día | Hasta el día |
0 | 9 de mayo | 10 de septiembre |
1 | 10 de mayo | 11 de septiembre |
2 | 13 de mayo | 12 de septiembre |
3 | 14 de mayo | 13 de septiembre |
4 | 15 de mayo | 16 de septiembre |
5 | 16 de mayo | 17 de septiembre |
6 | 17 de mayo | 10 de septiembre |
7 | 20 de mayo | 18 de septiembre |
8 | 21 de mayo | 19 de septiembre |
9 | 22 de mayo | 20 de septiembre |
En lo referente a la declaración mensual de retenciones y autorretenciones en la fuente, agrega un parágrafo que:
“La presentación de la declaración y pago será aplicable a los agentes retenedores del impuesto nacional al consumo de bienes inmuebles de que trata el artículo 1.3.3.1.7. del presente decreto”. (Lea: Ley 1943 del 2018: un avance en todo caso)
Por otra parte, agregaría que el plazo para declarar y pagar el impuesto complementario de normalización tributaria como complementario al impuesto sobre la renta y al impuesto al patrimonio sería hasta el 25 de septiembre de este año.
La entidad recibirá comentarios sobre la propuesta hasta el próximo 27 de febrero, a través de su sitio web.
Minhacienda, Proyecto de norma, Feb. 11/19.
Tomado de ambitojuridico