Luego de una semana de contingencia tecnológica que afectó el normal funcionamiento de su plataforma virtual, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció oficialmente el levantamiento de la indisponibilidad de sus servicios informáticos. Mediante el Comunicado de Prensa No. 052 del 23 de mayo de 2025, la entidad confirmó la estabilización total de sus sistemas y reanudó la operación normal de todos los trámites tributarios y aduaneros.
La contingencia, que inició el 12 de mayo y fue reconocida públicamente el 13 de mayo a través del Comunicado No. 047, impidió a miles de contribuyentes presentar sus declaraciones y reportar la información exógena tributaria. Tras intensas labores técnicas lideradas por el equipo de Innovación y Tecnología de la DIAN, junto con apoyo externo, la plataforma fue plenamente restablecida el viernes 23 de mayo.
“Nuestros servicios han sido plenamente restablecidos […] Invito a los contribuyentes y usuarios aduaneros a presentar sus declaraciones tributarias y adelantar sus trámites aduaneros”, señaló Luis Eduardo Llinás, director general (e) de la DIAN.
Con este anuncio, todos los contribuyentes que debían cumplir obligaciones entre el 12 y el 23 de mayo de 2025 tienen plazo hasta el lunes 26 de mayo a las 11:59 p.m. para presentar sus declaraciones y realizar los respectivos pagos, sin sanciones ni intereses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 579-2 del Estatuto Tributario y ratificado en el Concepto 4371 de 2020.
Ampliación de plazos para la información exógena: Resolución 000213 de 2025
Como consecuencia directa de esta contingencia, la DIAN expidió la Resolución 000213 del 23 de mayo de 2025, por medio de la cual se modifican los plazos de entrega de la información exógena del año gravable 2024. Esta medida busca brindar mayor margen de maniobra a los informantes que no lograron cumplir con sus obligaciones debido a la caída del sistema.
La resolución establece un nuevo calendario para la entrega de reportes, ajustado según el último dígito del NIT de los obligados, con fechas que inician después del restablecimiento oficial de los servicios y se extienden a lo largo de las semanas siguientes. Este cambio aplica para personas naturales, jurídicas y grandes contribuyentes responsables de suministrar esta información a la entidad.